Dokdo, la primera víctima de la usurpación japonesa en la península coreana
Tratado Corea-Japón de 1907 (24 de julio de 1907)
Tratado Corea-Japón de 1907
(conservado en Kyujanggak)
Tratado Corea-Japón de 1907 (24 de julio de 1907)
[Traducción]
Tratado Corea-Japón de 1907
Los Gobiernos de Japón y de Corea, respectivamente, con el objetivo de materializar a la brevedad posible la prosperidad y la riqueza de Corea e incrementar el bienestar del pueblo coreano, convienen en las siguientes estipulaciones.
Artículo 1. El Gobierno de Corea se atendrá a la regencia del Residente General en lo que concierne a las reformas de la administración gubernamental.
Artículo 2. La promulgación de leyes u ordenanzas y todo tipo de medidas administrativas de importancia que tome el Gobierno de Corea deberán obtener previa aprobación del Residente General.
Artículo 3. Los asuntos judiciales de Corea deberán estar diferenciados de los de índole administrativa.
Artículo 4. El nombramiento y la destitución de altos cargos públicos de Corea deberán realizarse bajo el consentimiento del Residente General.
Artículo 5. El Gobierno de Corea deberá designar a los japoneses recomendados por el Residente General para puestos oficiales en el Gobierno de Corea.
Artículo 6. El Gobierno de Corea no podrá designar a ningún extranjero en cargos administrativos sin el consentimiento del Residente General.
Artículo 7. La cláusula del Acuerdo sobre la designación de un consejero extranjero, firmado entre Japón y Corea el 22 de agosto de 1904, queda derogada.
En fe de lo cual, los abajo firmantes, debidamente autorizados por sus respectivos Gobiernos, rubrican y fijan sus sellos en el presente tratado.
24 de julio del undécimo año de Gwangmu* (1907)
Yi Wan-yong, primer ministro (sello)
24 de julio del cuadragésimo año de Meiji (1907)
Marqués Ito Hirobumi, Residente General (sello)
*Gwangmu fue el nombre del periodo comprendido entre 1897 y 1906, durante el cual gobernó el emperador Gojong.